Las autorizaciones del mercadillo amplían su vigencia hasta 12 años y refuerzan el control de ausencias y sanciones a los titulares
P.F.- El Ayuntamiento de Medina del Campo ha iniciado el proceso de modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora del Mercadillo Semanal, conocido popularmente como los baratillos, con el objetivo de actualizar una normativa que llevaba vigente desde 2016 y adaptarla a las necesidades actuales del mercado, de los vendedores y del espacio público.
La modificación fue aprobada inicialmente en el Pleno municipal celebrado el 27 de noviembre de 2025, con 13 votos a favor (PP, Medina Primero, VOX y el concejal no adscrito Alberto Amigo Sánchez) y 6 abstenciones (PSOE y Gana Medina), sin votos en contra. A partir de ese acuerdo, el texto se somete ahora a un periodo de información pública de treinta días, durante el cual podrán presentarse alegaciones y sugerencias antes de su aprobación definitiva.
Según el informe técnico del área de Desarrollo Local, la modificación de la ordenanza responde a la necesidad de adecuar la regulación a la nueva realidad física y funcional del mercadillo dominical, reforzar la seguridad jurídica, mejorar la organización del espacio y actualizar el régimen de autorizaciones y sanciones. El Ayuntamiento considera que la normativa anterior presentaba limitaciones en aspectos clave como el control de asistencia de los titulares, la delimitación de los puestos, la transmisión de licencias o el régimen sancionador, lo que hacía necesaria una revisión en profundidad.
El nuevo texto introduce cambios relevantes en numerosos artículos. Entre los cambios, se refuerzan las condiciones para poder ejercer la venta ambulante, incorporando de forma expresa la obligación de estar al corriente de pago con las obligaciones tributarias municipales, además de las ya exigidas con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria. En el caso de vendedores procedentes de terceros países, se exige acreditar la autorización de residencia y trabajo.
Una de las modificaciones más relevantes es la ampliación del periodo de vigencia de las autorizaciones: Mínimo de 8 años y máximo de 12 años, prorrogable expresamente por un periodo máximo de otros doce años. Si bien, el pago de los tributos establecidos se efectuará de acuerdo con lo que establezca la ordenanza fiscal que sea de aplicación.
No obstante, el impago de la tasa municipal podrá dar lugar a la suspensión o pérdida de la autorización, con un sistema de sanciones progresivo: un domingo de suspensión por cada cuatro semanas de impago o mes completo. La nueva ordenanza permite que, junto al titular de la autorización, puedan ejercer la actividad: Familiares hasta segundo grado, o un suplente designado por el titular, siempre que sean mayores de 16 años y cumplan los requisitos legales. Esta medida busca facilitar la conciliación y garantizar la continuidad del puesto en situaciones personales sobrevenidas.
Además, se endurece el régimen de control de asistencia: la ausencia injustificada durante tres domingos consecutivos o cinco alternos podrá ser sancionada. En los casos más graves, esta situación puede conllevar la pérdida de la licencia y la reasignación del puesto a otros solicitantes. Además, la ausencia reiterada se tipifica expresamente como infracción muy grave.
La ordenanza aclara y regula con mayor detalle la transmisión de licencias. Así, se permite la transmisión por jubilación, algo que no figuraba de forma expresa en el texto anterior. Tanto el transmitente como el nuevo titular deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento. Igualmente, se prohíbe la transmisión a personas que ya sean titulares de otro puesto en el mercadillo, para garantizar la concurrencia y el acceso al mayor número posible de vendedores.
Los puestos deberán ajustarse estrictamente a las marcas que delimitan su perímetro (líneas rojas), una cuestión que pasa a estar claramente tipificada como infracción leve en caso de incumplimiento. Se refuerza así la ordenación del espacio público y la seguridad de peatones y usuarios.
La ordenanza revisa y detalla el catálogo de infracciones y sanciones: Infracciones leves: multas de 50 a 150 euros o suspensión de licencia; la primera infracción leve conllevará suspensión de un domingo; infracciones graves: multas de 150 a 300 euros o suspensión durante ocho domingos; infracciones muy graves: multas de 1.200 a 1.500 euros o revocación definitiva de la autorización. Además, se fijan nuevos plazos de prescripción, estableciendo que las infracciones leves prescriben a los seis meses.
Entre estas mencionadas infracciones leves destaca no respetar las marcas establecidas que delimitan el perímetro de los puestos, el impago de la tasa por cuatro semanas, no tener expuesto al público, con la suficiente notoriedad, el precio de las mercancías o el incumplimiento del horario.
Con la aprobación inicial ya realizada, el Ayuntamiento ha abierto el plazo de información pública, que se extenderá durante treinta días desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Durante este periodo, vendedores, vecinos y colectivos interesados podrán presentar reclamaciones o sugerencias antes de la aprobación definitiva del texto -hasta el 9 de febrero-.